El Gobierno ha establecido la implementación total de la receta electrónica, eliminando el uso de las recetas en papel y reemplazándolas por un formato digital.
Según la disposición publicada este martes en el Boletín Oficial por el Ministerio de Salud de la Nación, a partir del 1 de enero, la única forma válida para prescribir medicamentos será a través de recetas electrónicas.
La Resolución 5744/2024 estipula que los repositorios de recetas electrónicas, que funcionan como archivos para almacenar y organizar estos documentos digitales, estarán accesibles para todas las plataformas de prescripción y farmacias del país. Esto será posible gracias a un sistema de validación y almacenamiento que garantizará la disponibilidad de las recetas en cualquier farmacia donde el paciente las necesite.
Además, los repositorios electrónicos desempeñarán un papel fundamental en este nuevo esquema, ya que no solo validarán y almacenarán las recetas de manera segura, sino que también protegerán la privacidad, integridad y confidencialidad de los datos del paciente.
El principal propósito de esta medida es asegurar las condiciones necesarias para el funcionamiento del ecosistema de salud digital, en línea con la Ley N° 27.553 de Recetas Electrónicas. Para ello, las plataformas de prescripción deberán conectarse a los repositorios mediante interfaces de programación de aplicaciones (API), un requisito obligatorio que incluye un proceso de autenticación.
Por otro lado, se establece un enfoque robusto en materia de seguridad. Los repositorios deberán contar con protocolos técnicos y administrativos que garanticen tanto su disponibilidad como el resguardo de las recetas electrónicas por el tiempo estipulado por la normativa. También se implementarán mecanismos de respaldo y recuperación para proteger la información en caso de fallas técnicas o incidentes inesperados.
La reglamentación de esta ley, vigente desde el 1 de julio de 2024, otorgó un período de 180 días para que las plataformas de prescripción y los repositorios electrónicos se adapten a los nuevos estándares. Este plazo culminará el 31 de diciembre de 2024, fecha límite para que las plataformas inscritas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS) cumplan con los requisitos. A partir del 1 de enero de 2025, únicamente las plataformas aprobadas por el ReNaPDiS podrán operar, asegurando sistemas seguros y normativamente adecuados.
Adhesión al sistema de recetas electrónicas en las provincias
Hasta la fecha, 17 jurisdicciones cuentan con leyes de receta electrónica, de las cuales 11 han adherido a la normativa nacional: Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego y Tucumán.
Cuatro provincias tienen leyes propias: Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), Chubut y La Rioja. Por su parte, Río Negro y Santa Fe están en proceso de aprobar proyectos de ley provinciales.
Otras jurisdicciones como San Luis, Córdoba, Santiago del Estero y Santa Cruz utilizan recetas electrónicas, pero se espera que presenten proyectos de ley provinciales este año. Por último, tres provincias aún no han avanzado en la legislación relacionada: La Pampa, Neuquén y Formosa.